Tres semanas después de declarar la emergencia económica por el terremoto del 10 de agosto, el Gobierno firmó el 9 de septiembre los 11 decretos que la desarrollan (del 1379 al 1389 de 2026). La mayoría ordena las finanzas del Estado para financiar la reconstrucción, pero dos sí abren una puerta directa para las empresas: una modalidad especial de Obras por Impuestos y trámites públicos más simples en las zonas afectadas. Te contamos qué trae cada uno y qué todavía no ha llegado.
El presidente Abelardo de la Espriella declaró el 19 de agosto el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en 16 departamentos por el terremoto de magnitud 7,4. Esa declaratoria abría la puerta para que el Gobierno expidiera, sin pasar por el Congreso, los decretos con las medidas concretas. Esos decretos ya llegaron. El 9 de septiembre, el Ejecutivo firmó 11 normas —de la 1379 a la 1389— que reparten recursos entre entidades públicas, ajustan reglas fiscales territoriales y, en dos casos puntuales, sí tocan directamente al sector productivo.
Obras por Impuestos: la puerta más clara para las empresas
El Decreto 1389 crea una modalidad especial de Obras por Impuestos para la Reconstrucción. Funciona como la figura ordinaria: una empresa, en lugar de pagarle en efectivo a la Dian, financia un proyecto de interés público y descuenta hasta el 50% de su impuesto de renta. Para acceder, la empresa debe haber tenido el año anterior ingresos iguales o superiores a 33.610 UVT el año anterior —cerca de $1.700 millones de pesos—. Es una herramienta para empresas de tamaño considerable, no para cualquier pyme.
Lo nuevo es la cobertura. El mecanismo ordinario solo opera en municipios Zomac o PDET —zonas de conflicto o posconflicto—, y la mayoría de los municipios golpeados por el sismo no estaba en esa lista. El decreto extiende la figura, de forma transitoria, a los 16 departamentos de la emergencia, sin importar esa clasificación. Y aclara algo que cambia quién puede participar: la empresa que financia el proyecto no tiene que haber sido afectada por el terremoto; lo que debe estar afectado es el territorio, la infraestructura o el servicio que recibe la inversión. Cualquier gran contribuyente del país, esté donde esté, puede financiar reconstrucción en la zona del sismo.
Otros detalles que le dan forma real al mecanismo:
- Financia diez líneas: vivienda de interés social y prioritario, educación, salud, agua y saneamiento, energía, infraestructura vial y de transporte, TIC, infraestructura productiva rural, infraestructura deportiva y gestión del riesgo.
- No sirve para financiar activos propios de la empresa ni proyectos de uso particular: tiene que ser inversión de interés público.
- No puede duplicar plata que ya viene de otra fuente pública —regalías, presupuesto nacional o territorial, la Subcuenta Sismo 2026—: es capital privado adicional, no un reemplazo.
- Hay una ventana extraordinaria para 2026: las empresas pueden anticipar aportes con cargo al impuesto de renta de este año, tomando como referencia lo que pagaron el año pasado, sin esperar a la ventana ordinaria de los primeros tres meses de 2027.
- Al menos el 35% del cupo que el Gobierno destine a esta modalidad debe ir a proyectos en municipios de categoría quinta y sexta —los más pequeños y con menos capacidad fiscal—, que normalmente quedan por fuera de este tipo de mecanismos.
- Crea un Banco de Proyectos administrado por la Agencia de Renovación del Territorio (ART) junto con el DNP, con calendario propio: una vez una iniciativa se radica completa, las entidades tienen 15 días hábiles para dar el concepto de viabilidad.
Para una pyme, la puerta de entrada no suele ser financiar directamente —eso exige la renta de una empresa grande—, sino ser contratista, proveedor o constructor de uno de esos proyectos. Un pendiente importante: el Manual Operativo que va a fijar las reglas concretas de funcionamiento —requisitos, formatos, criterios de priorización— todavía no existe. El decreto le da a la ART y al DNP un mes desde su expedición para publicarlo, es decir, hasta cerca del 9 de octubre.
Menos trabas si tu negocio está en zona afectada
El Decreto 1384 es, en realidad, un decreto de diez artículos sobre funcionamiento del Estado y empleo público: la mayoría no le sirve directamente a una empresa. Pero dos artículos sí valen la pena conocer si tu negocio está domiciliado, opera o fue afectado en alguno de los territorios de la emergencia:
- Un plazo vencido o por vencer ante una entidad pública puede suspenderse o ampliarse, siempre que la emergencia te haya dificultado cumplirlo a tiempo.
- Una entidad no te puede rechazar una solicitud o un trámite solo por haberlo presentado tarde, si demuestras de forma sumaria que el retraso fue por la calamidad.
- Las entidades deben habilitar canales alternativos —correo electrónico, formularios simplificados, líneas telefónicas—, pueden aceptarte documentos después si no son indispensables para resolver, y no te pueden volver a pedir un papel que ya tienen en sus propios sistemas.
- Pueden sustituir un documento difícil de conseguir por una declaración tuya, que se presume auténtica y queda sujeta a verificación posterior.
Estas medidas rigen hasta el 31 de diciembre de 2026, no hasta que venza la declaratoria de emergencia el 18 de septiembre.
Una señal a seguir: el Dane va a caracterizar a las empresas afectadas
El Decreto 1385 autoriza al Dane a compartirle a las entidades encargadas de la reconstrucción información protegida por reserva estadística —bajo reglas de confidencialidad— para identificar y caracterizar, entre otros, a las unidades económicas afectadas por el terremoto. En la práctica, esto sugiere que viene un ejercicio oficial de mapeo de empresas golpeadas, que suele ser el paso previo a que una ayuda o un beneficio se pueda focalizar. Vale la pena estar pendiente de si ese mapeo se convierte en la puerta de entrada a futuras líneas de apoyo.
El resto del paquete: así se está pagando la reconstrucción
Los demás decretos son más institucionales, pero le dan contexto a la magnitud del esfuerzo: el 1379 crea el Fondo Milagro, un patrimonio autónomo manejado por una fiduciaria vigilada por la Superintendencia Financiera para canalizar recursos públicos, privados y donaciones hacia la reconstrucción. El 1380 le permite al Fondes hacer aportes no reembolsables a las empresas de energía eléctrica con daños directos. El 1381 y el 1382 flexibilizan las finanzas de los departamentos y municipios afectados —créditos de tesorería, titularización de flujos tributarios, inversión de entidades no afectadas en las que sí lo están—. El 1383 permite usar excedentes del Fonpet y del sector salud para reconstruir hospitales. Y los decretos 1386 a 1388 garantizan la continuidad educativa: sedes alternativas, clases remotas y ajustes al calendario escolar.
Vale una anotación: de los 11 decretos, ninguno trae todavía un alivio tributario directo (como un aplazamiento de renta) ni una línea de crédito garantizado para pequeños comerciantes, algo que el Gobierno había mencionado como parte del paquete cuando anunció la emergencia en agosto. No significa que no vaya a llegar: la emergencia declarada por el Decreto 1261 vence alrededor del 18 de septiembre, y todavía hay margen para que salgan más decretos de desarrollo antes de esa fecha.
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Qué puedes hacer esta semana
- Si eres constructora, proveedor o contratista en zona afectada: empieza a mirar el Banco de Proyectos de Obras por Impuestos, aunque el Manual Operativo con las reglas de participación todavía no sale (se espera hacia el 9 de octubre).
- Si tu empresa tuvo ingresos por encima de 33.610 UVT el año pasado y tienes renta a cargo: evalúa con tu contador si te conviene anticipar un aporte a un proyecto de reconstrucción este año en lugar de pagar en efectivo.
- Si tienes un plazo vencido o un trámite pendiente ante una entidad pública en la zona del sismo: invoca el Decreto 1384 y exige que no te lo rechacen solo por extemporáneo si el retraso fue por la calamidad. La protección va hasta el 31 de diciembre.
- Si esperabas un alivio tributario general o un crédito garantizado para tu negocio: no lo des por hecho todavía. Sigue pendiente y hay que esperar a ver si sale antes de que venza la emergencia.
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