Debido a los cambios que introdujo la reforma tributaria, los dividendos ahora se suman a la renta general, lo que puede hacer que aumente el impuesto a cargo de personas naturales.
Al realizar la declaración de renta, uno de los aspectos más delicados que deben tener en cuenta las empresas es si van a repartir dividendos o no y cuál va a ser el monto por dividendos que se repartirá entre los accionistas. Especialmente, porque la reforma tributaria establece cambios en relación con este tema.
Antes, cuando una empresa generaba utilidades y repartía dividendos, los accionistas no debían tributar sobre ellos porque ya habían sido gravados en cabeza de la sociedad. Luego, se fijó un impuesto del 10% y del 15%, pero la normatividad actual impone otras obligaciones.
Según la reforma tributaria, que empezó a regir el primero de enero de 2023 y se verá reflejada en las declaraciones de renta que se presenten en 2024, ahora hay un impuesto progresivo de entre 19% y 39% para los dividendos en el caso de las personas naturales. Además, se gravan todos los dividendos, sin importar su valor.
Esto se debe a que, según la reforma tributaria, ahora los dividendos deben sumarse a la renta general, en la que también están incluidas las rentas de trabajo, rentas por honorarios y compensaciones de servicios personales, rentas de capital y rentas no laborales. Es decir que los dividendos se suman al total de los ingresos que recibe el contribuyente
“Aquí tendremos un gran impacto porque antes este grupo no se unía con la renta general, a partir de este año sí. Por lo tanto, la base gravable va a incrementar y, por ende, también el impuesto a pagar”, explica Viviana Barbosa, líder de soluciones empresariales de MisiónPyme.
Esto significa, por ejemplo, que una persona que sea dueña de empresa, pero además, reciba un sueldo, gane honorarios por asesorar a otras empresas, reciba dividendos y otras ganancias por el arriendo de inmuebles, debe declarar todo lo anterior.
Las nuevas normas también contemplan una retención en la fuente para los dividendos pagados en calidad de exigibles a personas naturales. Esta tarifa va del 0% al 15%.
Sin embargo, quienes obtengan dividendos por un valor superior a 1.090 UVT, que para este año corresponde a $42.412, podrán descontar un 19% del impuesto sobre la renta.
Para sacar el máximo provecho de beneficios como este, y otros aplicables a la declaración de renta de personas naturales, revive este webinar de MisiónPyme donde te mostramos como hacer más eficiente tu gestión tributaria
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