Cada día más personas se animan en Colombia a emprender su negocio en internet. El abogado David Rojas explica quince claves para tener en cuenta a la hora de crear una empresa en la red y no tener problemas con la ley.
Según las cifras otorgadas por la Confederación Colombiana de Cámaras de Colombia (Confecámaras) en 2012 se constituyeron 64.421 empresas en el país, lo que significa un aumento de más del 11% con respecto al 2011. Este aumento, en gran parte, se debe a que muchas ideas de negocio solo necesitan una página de internet para empezar, lo que disminuye los gastos y costos de inicio, factor que motiva a muchas personas a iniciar su emprendimiento. Las empresas que funcionan completamente en línea o las que funcionan de manera tradicional pero que ofrecen, además, servicios en la web, están en aumento diariamente y es de esperar que la cifra de empresas creadas en 2013 tenga un crecimiento mayor al del 2012.
Por esta razón, una de las consultas más comunes que tiene nuestra compañía es acerca de la creación de empresas: ¿cuáles son los pasos?, ¿qué tipo societario es más conveniente?, ¿qué documentos debo elaborar? Y, últimamente, una de las preguntas más frecuentes es ¿qué debo tener en cuenta para crear una empresa que funcionará por internet?
Muchas personas creen que constituir legalmente una empresa que funcionará por internet es diferente a constituir una empresa tradicional. En esto se equivocan pues los pasos son lo mismos y los documentos a elaborar también. Sin embargo, existen normas especiales y capítulos dentro de algunas leyes que regulan el funcionamiento y desarrollo de este tipo de empresas, ya sea que funcionen solo por internet, o que tengan establecimientos de comercio físicos pero que también ofrezcan servicios en línea. El no tener en cuenta estas normas puede repercutir en sanciones.
Un ejemplo claro es el estatuto de consumidor y por eso a continuación explicamos algunos puntos para tener en cuenta y evitar riesgos:
1. Identificarse en todo momento: Todo proveedor o expendedor de productos o servicios que se encuentre en el país por medios electrónicos deberá identificarse en todo momento y dice la ley de forma cierta, fidedigna, suficiente, clara, accesible y actualizada respecto de su NIT, dirección judicial, teléfono y correo electrónico. Esto no es más que poner estos datos en alguna parte de su página web.
2. Características de su producto o servicio: Los vendedores deberán suministrar en todo momento información cierta, fidedigna, suficiente, clara y actualizada respecto de los productos que ofrecen. En especial, deberán indicar sus características y propiedades tales como el tamaño, el peso, la medida, el material del que está fabricado, su naturaleza, el origen, el modo de fabricación, los componentes, los usos, la forma de empleo, las propiedades, la calidad, la idoneidad, la cantidad, o cualquier otro factor pertinente, independientemente que se acompañen de imágenes, de tal forma que el consumidor pueda hacerse una representación lo más aproximada a la realidad del producto.
3. Características de una oferta: Otro punto a tener en cuenta son los elementos de la oferta. La ley indica que se deberá indicar el plazo de validez y la disponibilidad del producto.
4. Imágenes de los productos: Cuando la publicidad del bien incluya imágenes o gráficos del mismo, se deberá indicar en qué escala está elaborada dicha representación.
5. Medios de pago: Así como es indispensable indicar las características de su producto o servicio también lo es el informar en su página web, los medios disponibles para realizar los pagos, el tiempo de entrega del bien o la prestación del servicio. También debe indicarse cómo opera el derecho de retracto que le asiste al consumidor y el procedimiento para ejercerlo, y cualquier otra información relevante para que el consumidor pueda adoptar una decisión de compra libremente y sin ser inducido en error.
6. Precio y gastos extra: El vendedor deberá informar el precio total del producto incluyendo todos los impuestos, costos y gastos que deba pagar el consumidor para adquirirlo. En caso de ser procedente, se debe informar adecuadamente y por separado los gastos de envío.
7. Condiciones: Su página web debe contener las condiciones generales de sus contratos, que sean fácilmente accesibles y disponibles para su consulta, impresión y descarga, antes y después de realizada la transacción, así no se haya expresado la intención de contratar.
8. Resumen del pedido: Previamente a la finalización o terminación de cualquier transacción de comercio electrónico, el proveedor o expendedor deberá presentar al consumidor un resumen del pedido de todos los bienes que pretende adquirir con su descripción completa, el precio individual de cada uno de ellos, el precio total de los bienes o servicios y, de ser aplicable, los costos y gastos adicionales que deba pagar por envío o por cualquier otro concepto y la sumatoria total que deba cancelar. Este resumen tiene como fin que el consumidor pueda verificar que la operación refleje su intención de adquisición de los productos o servicios ofrecidos y las demás condiciones, y de ser su deseo, hacer las correcciones que considere necesarias o la cancelación de la transacción. Este resumen deberá estar disponible para su impresión y/o descarga.
9. Copia del recibo: Concluida la transacción, el proveedor y expendedor deberá remitir, a más tardar el día calendario siguiente de efectuado el pedido, un acuse de recibo del mismo, con información precisa del tiempo de entrega, precio exacto, incluyendo los impuestos, gastos de envío y la forma en que se realizó el pago.
10. Protección de la información del comprador: Su empresa debe adoptar mecanismos de seguridad apropiados y confiables que garanticen la protección de la información personal del consumidor y de la transacción misma. Si existiera alguna falla o error en la transacción el vendedor será responsable en cualquier caso.
11. Peticiones, quejas, reclamos y sugerencias: La página web de su empresa debe disponer en el mismo medio en que realiza comercio electrónico de mecanismos para que el consumidor pueda radicar sus peticiones, quejas o reclamos, de tal forma que le quede constancia de la fecha y hora de la radicación, incluyendo un mecanismo para su posterior seguimiento.
12. Plazo de entrega: A menos que se haya pactado algo diferente con el comprador, la ley indica que el proveedor deberá haber entregado el pedido a más tardar en el plazo de treinta (30) días calendario a partir del día siguiente a aquel en que el consumidor le haya comunicado su pedido.
13. Hipervínculo a la página de la SIC: El vendedor deberá establecer en su página web, un enlace visible, fácilmente identificable, que le permita al consumidor ingresar a la página de la autoridad de protección al consumidor de Colombia.
14. Devolución de dinero: El estatuto del consumidor indica que cuando las ventas de bienes se realicen mediante mecanismos de comercio electrónico, tales como internet, PSE, call center y cualquier otro mecanismo de televenta o tienda virtual, y se haya utilizado para realizar el pago una tarjeta de crédito, débito o cualquier otro instrumento de pago electrónico, los participantes del proceso de pago deberán reversar los pagos que solicite el consumidor cuando sea objeto de fraude, o corresponda a una operación no solicitada, o el producto adquirido no sea recibido, o el producto entregado no corresponda a lo solicitado o sea defectuoso.
15. Verificar la edad del comprador: El vendedor en su página web deberá tomar las medidas posibles para verificar la edad del consumidor. En caso de que el producto vaya a ser adquirido por un menor de edad, el vendedor deberá dejar constancia de la autorización expresa de los padres para realizar la transacción.
Después de leer esto, usted debe estar pensando cuáles de estos puntos está cumpliendo y cuáles debe empezar a cumplir, recuerde que su empresa puede funcionar sin estos elementos pero no lo debe hacer ya que estaría todo el tiempo en riesgo y podría terminar pagando indemnizaciones, multas o sanciones que perfectamente pudieron haberse evitado.