Colombia está en período preelectoral y eso tiene consecuencias directas para las empresas que venden al Estado. Desde enero, la contratación directa está prohibida en todos los niveles de gobierno. Te explicamos qué está parado, hasta cuándo y qué puedes hacer mientras tanto.
Cada vez que hay elecciones presidenciales en Colombia entra en vigor la Ley de Garantías Electorales —Ley 996 de 2005—. Su propósito es evitar que los funcionarios públicos usen contratos del Estado para favorecer candidatos. En la práctica, eso significa que durante varios meses el gobierno no puede contratar como lo hace normalmente.
Las restricciones no llegaron todas al mismo tiempo. Desde el 8 de noviembre de 2025, alcaldes, gobernadores y directores de entidades descentralizadas no pueden firmar convenios entre entidades públicas que muevan recursos. Desde el 31 de enero de 2026, la restricción se amplió: ninguna entidad del Estado —nacional, departamental ni municipal— puede contratar directamente sin abrir una convocatoria pública.
Según la Circular Externa 006 de 2025 de Colombia Compra Eficiente, la prohibición cubre a todos los entes del Estado sin excepción de régimen jurídico ni nivel de gobierno. Si una entidad quiere contratar, tiene que hacerlo en competencia abierta.
Duración y excepciones
Las restricciones se levantan el 31 de mayo de 2026, que es el día de la primera vuelta presidencial. Si hay segunda vuelta —lo más probable dado el panorama electoral—, la prohibición se extiende hasta el 21 de junio. Pero no todo está frenado. Las entidades pueden seguir contratando si abren procesos competitivos: licitaciones públicas, concursos de méritos, selección abreviada y contratación de mínima cuantía siguen funcionando con normalidad.
También están permitidas las prórrogas, adiciones y modificaciones a contratos que ya estaban firmados antes de que entraran las restricciones. Adicionalmente, hay excepciones puntuales para contratos de seguridad del Estado, emergencias sanitarias o educativas, reconstrucción de infraestructura afectada por desastres y entidades hospitalarias.
Qué puedes hacer mientras tanto
- Revisa tus contratos vigentes. Si tienes contratos en ejecución con entidades públicas, puedes pedir prórrogas o adiciones. Eso sí está permitido y es el momento de gestionarlo.
- Monitorea el SECOP II. Las licitaciones y procesos competitivos siguen abiertos. Puede haber oportunidades activas que no requieren esperar a junio. Aprende a usar SECOP en la Ventanilla Única Empresarial.
- Prepárate para el rebote postelectoral. Cuando se levanten las restricciones, las entidades van a retomar proyectos represados y el nuevo gobierno va a activar su agenda. Las empresas que tengan sus documentos al día —RUP actualizado, capacidades certificadas, propuestas listas— van a tener ventaja.
- Reduce tu dependencia del sector público. Si el Estado es tu único cliente, este período lo evidencia con claridad. Usa estos meses para explorar clientes privados o diversificar mercados.
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🔍 Tip MisiónPyme:
Toda la información oficial sobre qué está permitido y qué no durante la Ley de Garantías está en la Circular Externa 006 de 2025, disponible aquí. Es lectura obligada si tu empresa depende de contratos con el Estado.
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