El Consejo de Estado le ordenó al Gobierno nacional emitir un nuevo decreto que determine un porcentaje transitorio de aumento del salario mínimo para el 2026 mientras el tribunal dicta una sentencia definitiva. Por ahora, las empresas deben pagar la nómina siguiendo los lineamientos del decreto 1469 del 2025.
Si tienes que pagar la nómina este 15 de febrero no cambies nada: debes liquidar los salarios con base en el salario mínimo actual en tanto el Gobierno emite el nuevo decreto para hacer un aumento transitorio del salario mínimo para el 2026.
Esto debido a que el Consejo de Estado le dio jaque mate al incremento del 23,7% en el salario mínimo del 2026, que fue establecido por el Gobierno nacional mediante el decreto 1469 del 29 de diciembre del 2025. Según pronunciamiento del alto tribunal, el incremento decretado se suspende y el Gobierno tiene 8 días calendario para emitir un nuevo decreto que determine un porcentaje de aumento transitorio para el salario mínimo de este año, mientras se dicta sentencia en el proceso.
“En consecuencia, -expone el Consejo de Estado- la suspensión provisional de este último (el incremento del 23,7%) surtirá efectos a partir de la fecha de cumplimiento de la orden de determinación de un nuevo valor transitorio con la publicación del respectivo decreto”.
Así mismo, los pagos que ya se causaron con el nuevo salario mínimo se mantendrán en firme. En este sentido, el Tribunal señala que “la suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 2025 no tendrá ningún efecto sobre las obligaciones y derechos que se calcularon con base en el valor del salario mínimo del año 2026 allí establecido y que fueron efectivamente causadas o pagadas con anterioridad a la publicación del nuevo acto administrativo. Este es el caso de las liquidaciones y pagos, por ejemplo, de nóminas públicas y privadas, pensiones, cálculo de sanciones, multas, contratos cuantías para determinar competencias administrativas o judiciales, tarifas, cuotas alimentarias y, en general, todo aquello que tome como referencia el valor del SMLMV”.
En entrevista con Caracol Radio, Jaime Alberto Cabal, presidente de Fenalco, el Consejo de Estado está tomando una decisión justa. “Los trabajadores deben entender que el incremento que hizo el Gobierno era ‘pan para hoy y hambre para mañana’. Y para los informales es una buena noticia la decisión del Consejo de Estado porque les va a permitir buscar un empleo formal a costos más razonables”, señaló.
El empresario Carlos Payán, quien lidera diversas organizaciones del sector de alimentos, recomienda no hacer ajustes en la quincena que se avecina hasta que no se despeje la situación con un nuevo decreto por parte del Gobierno.
Ten en cuenta que:
- La suspensión provisional del Decreto 1469 del 29 de diciembre de 2025 únicamente tendrá efectos hasta que el Gobierno Nacional emita un nuevo Decreto según los parámetros ordenados.
- El gobierno tiene 8 días calendario contados a partir de mañana para emitir el decreto de aumento transitorio. El plazo se cumple el 21 de febrero de 2026.
- Hasta que no se emita el nuevo decreto se debe continuar aplicando el porcentaje de incremento actual
- Los efectos del pronunciamiento del Consejo de Estado solo afectan los salarios que tengan fórmula de indexación con el SMMLV (salarios mínimos integrales).
- El Decreto que se emita será provisional hasta que se resuelvan de fondo todas las demandas de nulidad.
- No se pueden reversar los pagos realizados en función del ajuste decretado en diciembre pasado.
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