Guía para entender el Decreto 1165 del 2019

12 de agosto de 2019

container 940x530En busca de dar mayor seguridad jurídica a los usuarios aduaneros, el pasado 2 de julio el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo expidieron el Decreto 1165 del 2019 donde se consolida, armoniza y articula la normativa aduanera que rige en el país a partir del 2 de agosto del 2019 al entrar en vigencia. Por lo que se espera que ahora sea más sencillo para el usuario aduanero y para el funcionario aplicar la norma.

¿Cómo era antes?

 En el 2016 bajo el Decreto 390 se establecía la nueva regulación aduanera que traía las mejoras prácticas aduaneras internacionales para facilitar el comercio y cumplir los compromisos adquiridos en los acuerdos comerciales. Sin embargo, la aplicación escalonada de sus artículos llevó a que la norma vigente dependía del tema a tratar, algunas de estas normas eran: los Decretos 2685 de 1999, 390 de 2016, 2147 de 2016, 349 de 2018 y 659 de 2018, junto con sus respectivas resoluciones reglamentarias. La extensa normatividad generaba complicaciones a los usuarios aduaneros a la hora de cumplir los requisitos correctos.

Así pues, desde el 2 de agosto del 2019 el único régimen aduanero vigente es el Decreto 1165 del 2019, pues al entrar en vigencia derogó las anteriores normativas: el Decreto 2685 de 1999; el Decreto 390 de 2016 con excepción del primer inciso del artículo 675; los Títulos II y III del Decreto 2147 de 2016 y el Decreto 349 de 2018. Por lo que ante cualquier duda sobre algún trámite aduanero, alguna solicitud ante la Dian se debe acudir y hacer referencia al Decreto 1165.

¿Cómo leer el Decreto para tener un mayor entendimiento?

 

El Decreto 1165 del 2019 consta de 22 títulos y 775 artículos en 383 páginas. Por lo cual, su gran extensión y la similitud con los conceptos de pasados decretos hacen pertinentes tener en cuenta los siguientes pasos al momento de leer y aplicar el nuevo decreto:

1. Hacer referencia a la numeración de artículos del Decreto 1165

Aunque el Decreto 1165 del 2019 sea un 75% del decreto 2685 y un 20%  del decreto 390, es importante al momento de sustentar o pedir solicitudes a la Dian o de realizar algún trámite aduanero, hacer referencia a la numeración de artículos del Decreto 1165.

Por lo que, si usted ya se encontraba familiarizado con la numeración de los decretos anteriores es importante que identifique y actualice los artículos a los cuales debe referirse en este momento.

2. Tener en cuenta los cambios de conceptos que trae el decreto

Es importante tener presente que el Decreto 1165 del 2019 vuelve a algunos conceptos que se manejaban en el Decreto 2586 de 1999 que habían cambiado en el Decreto 390 del 2016. Por lo tanto, es pertinente tener presente cuáles son los conceptos y las definiciones que estarán a lo largo de toda la norma para no tener confusiones. Algunos de estos cambios son:

  • Se vuelve hablar de nacionalización en lugar de desaduanamiento cuando se quiere hacer referencia a la culminación de todos los trámites exigidos por las normas aduaneras para permitir a las mercancías introducidas al territorio aduanero nacional, ser sometidas a la modalidad de importación que corresponda.
  • Se vuelve al concepto de inspección en lugar de aforo al hablar de la actuación que realiza la autoridad aduanera competente con el fin de verificar la naturaleza, descripción, estado, cantidad, peso y medida; así como el origen, valor y clasificación arancelaria de las mercancías.
  • Al hablar de regímenes de importación y exportación se incorporan nuevamente los conceptos de modalidades de importación y de exportación que determinan el proceso que debe seguir el trámite.
  • Ahora se hace referencia al acta de inspección o de hechos, antes conocida como acta de hechos.
  • Ya no se habla de formalidad aduanera, sino de trámite aduanero al hacer referencia a cada uno de los pasos, actuaciones y diligencias que deben llevarse a cabo en un asunto aduanero, desde su inicio hasta su culminación. Término que se encuentra transversal en todas las normas aduaneras y es un referente para el régimen sancionatorio.
  • Ya no se habla de operadores de comercio exterior cuando la norma hace referencia a los obligados aduaneros directos, ahora son los usuarios aduaneros.
  • Por lo tanto, el usuario aduanero es toda aquella persona natural, persona jurídica o sucursal de sociedad extranjera, que hace parte o interviene, como importador, exportador, consorcio, unión temporal o declarante en los regímenes, modalidades, operaciones aduaneras o en cualquier trámite aduanero. También se considera usuario aduanero toda aquella persona que requiera autorización, habilitación o registro para actuar ante la administración aduanera.
  • La Declaración andina del valor en lugar de declaración del valor cuando se hace referencia al documento que señala los elementos de hecho y circunstancias comerciales de la negociación, así como los conceptos y cálculos que determinan el valor en aduana de la mercancía. 

3. Leer el decreto por temáticas, no de corrido

Debido al cambio de varios conceptos, mostrados anteriormente y a la gran cantidad de definiciones presentes en el decreto 1165, se aconseja que para un mayor entendimiento la normativa aduanera  se debe leer por temáticas teniendo en cuenta la modalidad de importación o exportación que realizará. Por lo cual, los pasos serían:

  1. Identificar la modalidad de importación (Artículo 172) o exportación que se realizará (Artículo 172).
  2. Identificar las obligaciones que cada usuario tiene en ese tipo de modalidad si se hace el trámite directamente o por medio de una agencia.
  3. Identificar los documentos necesarios en las diferentes etapas y el usuario responsable del mismo.
  4. Identificar las sanciones que se tienen al incumplir estas obligaciones o cometer alguna infracción

4. Aún si el proceso lo está realizando por medio de un tercero, agencia de aduanas, esté pendiente del trámite.

Al contratar una agencia de aduanas se debe realizar un mandato donde se le da la facultad para que, en nombre y representación, lleve a cabo los trámites aduaneros necesarios para el cumplimiento de la operación de comercio exterior y de la distribución de riesgos y responsabilidades entre las partes. Pues aunque el decreto establece obligaciones y responsabilidad de cada usuario, algunas quedan condicionadas a lo estipulado en el mandato. Como en el caso de la declaración y suscripción de la Declaración de Valor Andina (art. 10 numeral 3.2)

Por ende, a la firma de este contrato es necesario darle la importancia que merece y prestar especial cuidado en el clausulado, donde se expresa tal distribución.

5. Si se realiza la operación de comercio exterior directamente, poner atención a los aspectos técnicos de los trámites

En el Decreto 1165 se potencia y privilegia todos los aspectos técnicos en los temas de valor, arancel y origen. Por lo que si el proceso de importación o exportación se va a realizar directamente, se debe tener mucho cuidado con los temas anteriormente señalados.

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