¿Debes declarar el IVA en septiembre? Para descontar las facturas a crédito debes contar con un mecanismo de recepción de facturas

21 de julio de 2022

A partir del próximo 07 de septiembre comienzan los vencimientos para la presentación de las declaraciones de IVA, tanto para quienes tienen la obligación de hacer la declaración cuatrimestral como bimestral.

Vale la pena recordar que únicamente podrán descontar sus facturas quienes ya cuentan con el mecanismo de recepción de facturas y están cumpliendo con los tres eventos establecidos por la Resolución 0085 de abril de 2022 sobre la factura como título valor.

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Estos eventos son:

  • Acuse de recibo de factura (obligatorio)
  • Acuse de recibo de mercancía (obligatorio)
  • Aceptación o rechazo expreso de la factura (opcional)

Esta obligación deben cumplirla todas las empresas, negocios y personas naturales, incluso las no obligadas a facturar, que realizan compras a crédito y quieren descontar sus costos y gastos de sus declaraciones de IVA y Renta.

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Somos tu mejor opción para la recepción de Facturas

Queremos contarte por qué nuestro Buzón Tributario es la mejor opción para realizar la recepción de tus facturas de compras a plazos:

Es la única opción en el mercado que te permite:

  • Validar que las facturas cuenten con los 16 requisitos de Ley
  • Validar la autenticidad de código CUFE y el Código QR
  • Validar que la factura tenga los documento PDF y XML correctos
  • Validar que la factura haya sido expedida a nuestro NIT
  • Exportar en excel la información de las facturas recibidas por emisor, por fecha, por estado de pago, por estado de acuses, entre otros.
  • Deducir correctamente los costos y gastos de las compras que se están realizando de las declaraciones de impuestos porque esa información ha sido transmitida correctamente a la Dian.
  • Emitir los 3 eventos establecidos por la resolución 0085 de 2022 para que las facturas sean título valor.

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