Te presentamos las claves principales que debes tener en cuenta si eres una persona jurídica para declarar renta este mes. Toma nota para que puedas cumplir con esta responsabilidad de forma precisa y a tiempo.
El próximo 10 de abril inician los vencimientos para la declaración y pago del impuesto sobre la renta de personas jurídicas. Al respecto, Santiago Arbouin, socio de la firma de abogados CMS Rodríguez-Azuero, explica que lo primero que deben hacer las empresas, aunque parezca obvio, es conocer y entender sus estados financieros.
“La declaración de renta es el reflejo de los estados financieros, pero no la copia, porque existe una diferencia entre lo contable y lo fiscal. Si se conocen los ingresos operacionales y no operacionales, así como los costos y gastos operacionales y no operacionales, va a saberse cuál es la utilidad sobre la que se tiene que aplicar la técnica y tarifa tributaria”, afirma Arbouin.
Calendario declaración de renta personas jurídicas – Año gravable 2022 | ||||||||||||
Declaración y pago 1a. Cuota | Hasta abril 2023 | Día | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 17 | 18 | 19 | ||
Últimos dígitos del NIT | 01-05 | 06-10 | 11-15 | 16-20 | 21-25 | 26-30 | 31-35 | 36-40 | ||||
Día | 20 | 21 | 24 | 25 | 26 | 27 | 28 | |||||
Últimos dígitos del NIT | 41-45 | 46-50 | 51-55 | 56-60 | 61-65 | 66-70 | 71-75 | |||||
Declaración y pago 1a. Cuota | Hasta mayo 2023 | Día | 2 | 3 | 4 | 5 | 8 | |||||
Últimos dígitos del NIT | 76-80 | 81-85 | 86-90 | 91-95 | 96-00 | |||||||
Declaración y pago 2a. Cuota | Hasta julio 2023 | Día | 7 | 10 | 11 | 12 | 13 | 14 | 17 | 18 | 19 | 21 |
Últimos dígitos del NIT | 1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 0 |
Además, el experto enfatiza en que la declaración de renta no se debe delegar al contador, sino asumirse como un ejercicio de gerencia y junta directiva porque ahí se reflejan, desde el punto de vista fiscal, las ganancias o pérdidas de la organización. Puntualmente, para la declaración de renta correspondiente a 2022 que se debe presentar este mes de abril, el abogado sugiere:
- Dividendos: tener en cuenta que las utilidades generadas por las empresas, aparte de tener una gravación fiscal o generar impuestos, se destinan al pago de accionistas o repartición de dividendos. Este año la pregunta clave es si se van a repartir dividendos o no y por qué montos, pues la reforma tributaria establece cambios tarifarios frente al tema que se deben considerar ahora de cara a la declaración que se presente en 2024.La reforma establece un impuesto progresivo de entre 0% y 39% para los dividendos. Por eso, las empresas que generaron utilidades y van a repartir dividendos por el año gravable 2022 deberían considerar que irían gravados con una tarifa del 15%, la anterior, y no esperar a que las tarifas cambien.
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- Descuentos y deducciones: la tarifa del impuesto sobre la renta para personas jurídicas, que es del 35%, es manejable a la luz de la planeación tributaria. Los ingresos no se pueden ocultar porque están reflejados en las declaraciones de otros, ya que si una empresa hace un pago, tiene un gasto que se convierte en el ingreso de otro. Y, para que ese gasto sea deducible, se debe demostrar que el otro tuvo ese ingreso. Sobre los costos y gastos, lo importante es que sean deducibles y bajen la base gravable tributaria.Estos costos y gastos son las expensas en las que se incurre y deben ser necesarias, proporcionales y tener relación con la actividad que produce la utilidad. Por lo tanto, la base gravable tributaria debe pasar por descuentos como retención en la fuente y autorretenciones para así obtener la renta líquida, a la cual se aplica la tarifa del momento, y el impuesto a pagar.
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- Errores: cuando el impuesto a pagar es alto, puede significar que la empresa generó unas utilidades altas o que se están cometiendo errores al realizar la declaración de renta, lo cual es común. Para que esto no ocurra, lo aconsejable es que cada empresa desarrolle un proceso o modelo de declaración de renta y que luego lo compare con el sistema Ayuda Renta de la DIAN.En el mercado existen otras plataformas digitales que ofrecen el servicio de declaración de renta, pero en ocasiones están parametrizadas de forma incorrecta o no se pueden customizar según la realidad de todas las empresas, por lo que siempre conviene hacer un doble chequeo. Cabe recordar que, si la DIAN detecta errores en una declaración, puede requerir a la empresa, lo que significa un sobresfuerzo en el proceso de corrección e, incluso, el pago de multas económicas.
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