De acuerdo con la Resolución 0028 del 28 de febrero del 2022, a partir del 01 de julio, están obligados a emitir la nómina electrónica ante la DIAN los independientes y negocios no obligados a emitir facturas pero que tienen personas en su nómina. Te aclaramos las 7 dudas más frecuentes sobre la nómina electrónica para no obligados facturar:
- En el grupo de no obligados a facturar se encuentran personas naturales, comerciantes y agricultores, entre otros, que no son responsables del IVA ni de emitir factura electrónica. Ten en cuenta que no están obligados a emitir factura electrónica las personas que venden menos de $ 133.014.000 al año.
- Solamente deben transmitir el documento soporte de nómina electrónica quienes tienen personas contratadas bajo cuatro modalidades: contrato laboral a término indefinido, contrato laboral a término fijo, contrato laboral por obra o labor, y contrato de aprendizaje.
- Si se tienen contratadas personas en la modalidad de prestación de servicios se consideran contratistas y por lo tanto no se debe emitir nómina electrónica para ellos.
- Para deducir los costos y gastos derivados de la nómina en la declaración del impuesto de renta es un requisito indispensable realizar la transmisión de la nómina electrónica a la Dian, de lo contrario este gasto no será deducible a partir de julio de este año.
- La primera nómina electrónica para el grupo de no obligados a facturar se debe emitir antes del 14 de julio. De acuerdo con la norma, la nómina electrónica se debe emitir en los 10 primeros días hábiles del mes siguiente al pago de los salarios.
- Para emitir la nómina electrónica es obligatorio que te habilites como facturador electrónico en la plataforma de la DIAN, aunque no tendrás que tramitar la resolución de facturación ni emitir facturas electrónicas de ventas.
- Para emitir la nómina electrónica debes contar con un mecanismo de firma digital. Con Misiónpyme y Facturatech tendrás tu firma digital sin costo adicional, y contarás con acompañamiento personalizado para habilitarte ante la Dian y emitir tu primera nómina electrónica de manera exitosa.
[note style=»5″]Emite la nómina electrónica de tus empleados y evita sanciones ? Si eres empleador no obligado a facturar y no cumples con la obligación de emitir la nómina electrónica a partir del 01 de julio te expones a que la Dian te multe porque la entidad cuenta con acceso a la información de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) en la que reportas el pago de seguridad social de tus empleados.[/note]
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Multas por no emitir la nómina electrónica
- Por no emitir la nómina electrónica : 5% del valor de la nómina por cada periodo en que se incumplió con esta obligación.
- Por emitir de manera errónea: 4% del valor de la nómina
- Por emitir de manera extemporánea: 3% del valor de la nómina