Ojo a los vencimientos tributarios de marzo ante la DIAN

5 de marzo de 2026

Marzo marca el cierre del primer trimestre y es un mes donde la liquidez de tu empresa se pone a prueba. Entre el 10 y el 24 de marzo, el calendario tributario exige precisión quirúrgica para cumplir con el IVA, la Retención en la Fuente y los impuestos a ultraprocesados. En MisiónPyme te damos la hoja de ruta para que el cumplimiento sea tu mejor estrategia de gestión.

El tiempo, en el mundo de los negocios, es tan valioso como el capital. Para un empresario en Colombia, marzo representa un desafío de agenda: es el momento de responder por las operaciones de inicio de año mientras se mantiene el ritmo de crecimiento. Se trata de una cuestión de inteligencia y reputación financiera. Una declaración fuera de tiempo no solo trae sanciones, sino que genera ruidos innecesarios en tu historial con la administración tributaria.

Este mes, el calendario de la DIAN se divide en dos velocidades. Primero, están las obligaciones que se rigen por el “pico y placa” del NIT y, segundo, aquellas citas únicas donde todos los sectores convergen en una misma fecha. Entender esta distinción es vital para que tu equipo contable no colapse y tu flujo de caja se mantenga sano.

1. Las citas por número de NIT (Del 10 al 24 de marzo)

La mayor parte de la carga operativa de las pymes se concentra en este rango. Si tu empresa maneja facturación masiva o tiene una nómina activa, estos son tus tres frentes por cubrir:

  • IVA Bimestral: Debes presentar y pagar lo correspondiente a las ventas y compras de enero y febrero de 2026.
  • Retención en la fuente: Es el momento de declarar y pagar las retenciones del mes de febrero.
  • Impuesto al consumo: Fundamental para el sector de gastronomía, bares y telefonía, cubriendo también el primer bimestre del año.
Si tu NIT termina en…Tu fecha límite es…
110 de marzo
211 de marzo
312 de marzo
413 de marzo
516 de marzo
617 de marzo
718 de marzo
819 de marzo
920 de marzo
024 de marzo

2. El viernes negro tributario: 13 de marzo

Hay un grupo de impuestos que no esperan turno. El 13 de marzo es la fecha límite para cumplir con las obligaciones específicas que afectan la estructura de costos de sectores clave:

  • Ultraprocesados y Bebidas: Los responsables de este impuesto deben declarar el bimestre enero-febrero. Si tu negocio produce o comercializa estos bienes, esta fecha es inamovible.
  • Economía Digital: Vence el plazo para el IVA de prestadores de servicios desde el exterior y el pago anticipado de la Presencia Económica Significativa (PES).
  • Sectores Energéticos: Incluye el impuesto a la gasolina y ACPM (mensual) y el impuesto nacional al carbono (bimestral).

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