El 30 de abril vence el descuento para saldar deudas con la DIAN

14 de abril de 2026

El Gobierno redujo los intereses de mora al 4,5% y las sanciones al 15% de su valor original en el marco de la emergencia económica que sigue vigente. Miles de empresas y personas naturales pueden acogerse, pero el plazo vence este mes.

Hay fechas que no conviene dejar pasar y el 30 de abril es una de ellas. Ese día vence el plazo para acogerse a los beneficios del Decreto 0240 de 2026, una medida que permite a miles de empresas y personas naturales con deudas ante la DIAN ponerse al día a una fracción del costo habitual.

Quienes tengan obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias en mora al 31 de diciembre de 2025 pueden liquidar sus intereses a una tasa del 4,5% efectivo anual, en lugar de la tasa ordinaria de mora, que en lo que va de 2026 ha oscilado entre el 22% y el 25% efectivo anual. Las sanciones —que normalmente se pagan al 100%— se reducen al 15% de su valor. La condición es una sola: pagar el total del capital adeudado antes de que termine el mes.

El ahorro puede ser considerable. Si un contribuyente tiene una sanción de 50 millones de pesos, con el decreto paga 7,5 millones. Y los intereses de mora, que en condiciones ordinarias se liquidan a tasas de entre el 22% y el 25% anual, se calculan al 4,5%, menos de la quinta parte.

¿Quién puede acogerse?

La medida aplica para personas naturales y jurídicas, y cubre impuesto de renta, IVA, retención en la fuente y demás tributos administrados por la DIAN, además de obligaciones aduaneras y cambiarias. También pueden acogerse quienes ya tienen acuerdos de pago vigentes —el beneficio aplica sobre los saldos pendientes— y quienes están en procesos de cobro coactivo, siempre que el pago se complete antes del plazo. Para los omisos hay un beneficio adicional: quienes no han presentado declaraciones o necesitan corregirlas pueden hacerlo pagando solo el 15% de la sanción, sin que se generen intereses de mora.

El error más caro es creer que queda mucho tiempo

El beneficio no es automático. Hay que solicitarlo ante la DIAN —en sus canales digitales o en cualquiera de sus puntos de atención en el país— y completar el pago antes del 30 de abril. La experiencia con mecanismos similares muestra un patrón recurrente: los contribuyentes concentran las solicitudes en los últimos días, lo que genera congestión y, en algunos casos, incumplimiento del plazo por razones operativas.

Quien no se acoja a tiempo vuelve automáticamente a las condiciones ordinarias: tasa de mora plena, sanciones al 100%… Quedan días. Y el costo de no actuar es, literalmente, pagar varios puntos porcentuales más por cada mes que pase.

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