Anualmente, todas las empresas deben pagar a sus colaboradores que tienen un contrato laboral los intereses sobre sus cesantías a los cuales tienen derecho. Te contamos qué pasa si no cumples con esta obligación.
De acuerdo con Juan Felipe García, abogado especialista en derecho laboral de la firma Galo Estudio Legal, este pago debe realizarse junto con la nómina de los trabajadores y se debe depositar en la cuenta de los trabajadores. “A diferencia de las cesantías, que se deben pagar en febrero, los intereses de cesantías no se consignan en un fondo de cesantías”, señala el experto.
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Por otro lado, Marcial Ortiz, especialista del bufete de abogados Integrity Legal, indica que si no se realiza este pago se genera una mora correspondiente al doble del valor a pagar. En ese caso, si los intereses de cesantías son de $100.000 la empresa tendría que pagar $200.000 como sanción, sin importar el número de días que se demore en efectuar el pago.
¿Cómo se calculan los intereses de las cesantías? Este cálculo corresponde al 12% anual o proporcionales por fracción sobre el valor de las cesantías. Según el abogado Ortiz, la fórmula a aplicar es la siguiente:

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