Atención a los cambios en el 4×1000 para las personas naturales y las empresas

9 de diciembre de 2024

A partir del próximo viernes 13 de diciembre, el impuesto del 4×1000 presentará un cambio significativo respecto al número de cuentas que estarán exentas de este gravamen. Te contamos de qué se trata y cómo podría impactar tu negocio.

Con la reforma tributaria del año 2022, se estableció un cambio en el cobro del gravamen a los movimientos financieros (GMF) mejor conocido como 4×1000, que entrará en vigencia este viernes 13 de diciembre. 

Este impuesto establece el cobro de $4 por cada $1.000 en transacciones financieras que impliquen disposición de recursos en cuentas de ahorro o corrientes. Esto aplica tanto para personas naturales como jurídicas y se recauda directamente a través de los bancos.

Hasta ahora, se podía marcar una sola cuenta como exenta del gravamen. Con el cambio establecido en el Artículo 65 de la Ley 2277 del 2022, cualquier persona natural o jurídica estará exenta de dicho pago, si entre todas las cuentas que tiene a su nombre mueve menos de  350 UVT, lo que equivale, en 2024, a un tope de $16.472.750 sin importar el número de cuentas que tenga.

Lisandro Manuel Junco, exdirector de la Dian, explicó que a partir del 13 de diciembre no se tendrá que marcar una cuenta como exenta, sino que los bancos y las cooperativas de financiamiento deberán validar que ese tope de 350 UVT, no se supere en las cuentas a nombre del mismo usuario, para que no se le realice el cobro del impuesto.

El exdirector de la Dian, hizo hincapié en que este cambio es exclusivamente operativo y que no se constituye en sí mismo como un alivio o un beneficio tributario.

Si bien puede ser positivo para las personas o empresas que no superan el tope de transacciones y se hacen acreedoras a la exención, aquellas que superen los movimientos por 350 UVT en una o en la suma de todas sus cuentas, tendrán que pagar el impuesto en cada una de ellas.

Por ejemplo:

  • Si una empresa tiene tres cuentas y realiza transacciones en una de ellas por $10 millones, en otra por $5 millones y en otra por $1 millón, el total es de $16 millones, menor al tope de 350 UVT. En este caso, todas las cuentas estarán exentas del 4×1000.
  • Pero en el caso en que los movimientos de las tres cuentas sumen $17 millones, superando el límite, el impuesto se cobrará sobre todos los movimientos realizados y no se podrá recibir el beneficio en alguna de las cuentas.

Vale la pena recordar que continúa vigente la posibilidad de deducción del 4×1000 en la declaración de renta para las personas naturales, por el 50% del valor del año, mientras que en las personas jurídicas se puede deducir el 100%.

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