Además del impuesto existente a los ultraprocesados, en 2024 comienza la declaración y el pago del impuesto a los plásticos de un solo uso por parte de los productores e importadores de este insumo. Conoce las fechas límite para presentar el impuesto saludable y a los plásticos.
Es muy probable que en diciembre muchos nos hayamos excedido utilizando plásticos de un solo y comiendo alimentos ultraprocesados y/o con altas cargas de azúcar, sodio y grasas saturadas. Pues en el 2024 la recomendación es pensar dos veces estas prácticas porque, por un lado, entra en vigencia el impuesto a los plásticos de un solo uso y, además, se sube al 15% la tarifa del denominado impuesto saludable.
De acuerdo con el Decreto 2229 del 22 de diciembre de 2023, que estableció el calendario tributario para esta vigencia fiscal, las empresas que utilizan productos plásticos de un solo uso para envasar, embalar o empacar bienes, tienen que declarar y pagar esta obligación el próximo 23 de febrero. Vale la pena señalar que en esa fecha se declarará este tributo para los años gravables 2022 y 2023.
Este impuesto será de 0,00005 UVT por gramo y de acuerdo con Acoplásticos esto equivale al pago de $2.120 por kilogramo de material plástico. El gremio que representa a las empresas del sector ha señalado que este valor es equivalente al 20% del precio final de los productos.
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La norma indica que son sujetos pasivos de este tributo los productores e importadores de plásticos de un solo uso y el impuesto “sólo se causa en (i) la venta o el retiro para consumo efectuados por el productor, o (ii) la importación para consumo propio”.
Según concepto de la DIAN, el hecho generador del impuesto gira en torno a productos plásticos de un solo uso utilizados para envasar, embalar o empacar bienes y no en torno al uso de plásticos para empacar o embalar los productos adquiridos por el consumidor final.
Según el gremio, es claro que el impuesto a los plásticos de un solo uso va a ocasionar alzas en los precios de los bienes que consumimos los colombianos.
Sube el impuesto a los ultraprocesados
Por otro lado, es importante también recordar que a partir del 1 de enero subió la tarifa del impuesto a las bebidas ultraprocesadas azucaradas y a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas.
Este tributo, que arrancó el 1 de noviembre de 2023 con una tarifa del 10% pasó al 15% a partir del 1 de enero de este año, y llegará al 20% en el 2025.
El responsable o sujeto pasivo de los impuestos a las bebidas y los alimentos ultraprocesados son los productores y/o importadores de los mismos, así como las personas naturales que hayan obtenido ingresos brutos, derivados de la venta de estos productos superiores a 10.000 UVT en el año anterior o durante el año en curso.
Las empresas que tienen a cargo este impuesto deben presentarlo y declararlo de manera bimestral, sin tener en cuenta el NIT, acorde con las siguientes fechas de vencimiento:
- Enero – febrero: El 14 de marzo de 2024
- Marzo – abril: El 16 de mayo de 2024
- Mayo – junio: El 15 de julio de 2024
- Julio – agosto: El 13 de septiembre de 2024
- Septiembre – octubre: El 18 de noviembre de 2024 • Noviembre – diciembre: El 16 de enero de 2025
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