Impuesto al patrimonio: 5 datos clave que debes saber

25 de febrero de 2026

Con la expedición del decreto 0173 del 24 de febrero del 2026, quedaron definidos los términos y contribuyentes que deberán pagar el impuesto al patrimonio para personas jurídicas, en el marco de la emergencia económica, social y ambiental decretada el pasado 11 de febrero. Este es un golpe directo a la inversión, la inversión productiva y el empleo.

El miércoles primero de abril se tendrá que presentar y pagar la primera cuota (50%)del impuesto al patrimonio para personas jurídicas, formalizado por el Gobierno a través del decreto 0173 del 24 de febrero del 2026.

Este gravamen será del 0,5% para las empresas con un patrimonio líquido igual o superior a 200 mil UVT, lo que equivale a un valor de 10.474,8 millones de pesos. De acuerdo con el artículo 1o del decreto expedido, “el concepto de patrimonio es equivalente al patrimonio líquido, calculado tomando el total del patrimonio bruto del contribuyente poseído en la misma fecha menos las deudas a cargo del contribuyente vigentes en esa fecha”.

La segunda cuota, por el restante 50%, se tendrá que pagar el lunes 04 de mayo de este año. Cabe señalar que para el sector financiero, asegurador, las comisionistas de bolsa y las empresas del sector minero el impuesto al patrimonio se fijó en 1,6%.

Este nuevo tributo seguramente afectará a muchas medianas empresas que son intensivas en capital de trabajo y cuentan con un patrimonio fuerte para apalancar sus inversiones, especialmente en el sector de manufactura. Y aunque se trata de un impuesto temporal, el experto PEdro Sarmiento, socio de Crowe Colombia, señala que este nuevo impuesto es una carga directa sobre el capital acumulado.

“A diferencia del impuesto sobre la renta que grava utilidades -dice el tributarista- el impuesto al patrimonio impacta el stock de riqueza empresarial. Reduce directamente la base de capital que sostiene inversión, expansión productiva y empleo. En sectores intensivos en activos —infraestructura, energía, industria pesada— el efecto no es simbólico: es estructural”.

Datos claves sobre el impuesto al patrimonio

De acuerdo con Juan David Velasco, Socio del área de Impuestos en Baker McKenzie hay cinco aspectos que impactan los resultados y el flujo de caja de las empresas que ahora están obligadas a pagar este nuevo tributo decretado por el Gobierno. 

  1. La medida traslada a empresas de mayor tamaño una fuente inmediata de recaudo basada en capital acumulado y no en resultados del periodo. Afecta liquidez.
  2. Impone una carga adicional sobre el capital ya invertido, con efecto directo en la liquidez y posibles impactos en decisiones de inversión, especialmente en actividades intensivas en activos.
  3. Se declara ante la DIAN con base en el patrimonio fiscal determinado al 1 de marzo de 2026 y se paga bajo un esquema de recaudo acelerado. En la práctica las variaciones de patrimonio fiscal de cierre de 2025 a 1 de marzo de 2026, deben ser reflejadas.
  4. Tiene carácter temporal y aplica únicamente para 2026, en el marco del estado de emergencia, sin perjuicio del debate recurrente sobre la repetición de este tipo de figuras.
  5. Es recomendable revisar anticipadamente la determinación del patrimonio fiscal con corte a 1 de marzo, confirmar la correcta aplicación de exclusiones previstas en la norma y evaluar efectos de liquidez, ajustes patrimoniales recientes.

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