Estrategias para optimizar la jornada laboral de 44 horas

9 de junio de 2025

A partir del 15 de julio de 2025, todos los empleadores en Colombia deberán ajustar la jornada laboral semanal a 44 horas, en cumplimiento de la Ley 2101 de 2021. En este blog te explicamos cómo prepararte para esta nueva etapa gestionando el impacto financiero de las horas extras y los recargos sobre  tu rentabilidad, y te presentamos dos estrategias clave para gestionarlo de forma eficiente.

La Ley 2101 de 2021 estableció una disminución gradual de la jornada laboral en Colombia. Para este año, la jornada pasa de 46 a 44 horas semanales a partir del 15 de julio. El objetivo de la ley es mejorar el bienestar de los trabajadores, sin reducir salario ni afectar los derechos adquiridos. Sin embargo, para los empresarios, esto puede traducirse en mayores costos por horas extras, recargos y posibles cuellos de botella operativos si no se actúa con anticipación.

¿Cómo evitar que la productividad y los costos se vean afectados?

Durante el Seminario ‘Reforma Laboral: Desafíos en la gestión del talento humano’ convocado por Misiónpyme, el abogado Juan Felipe García, socio y líder del área laboral de Galo Estudio Legal, compartió dos alternativas efectivas para adaptar tu empresa a la nueva jornada laboral:

Alternativa 1: Estandarizar la jornada máxima legal en los contratos

Una práctica recomendada es establecer en los contratos laborales la jornada máxima legal (Art. 161 del CST), en lugar de pactar una jornada ordinaria inferior. ¿Por qué? Porque esto te permite tener mayor margen de maniobra para distribuir las horas semanales sin generar horas extras innecesarias.

Por ejemplo, si en un contrato estableces una jornada ordinaria de 40 horas, pero el trabajador labora 44, esas 4 horas se consideran suplementarias y debes pagarlas con recargo. En cambio, si pactas la jornada máxima legal, podrás distribuir las 44 horas dentro de la semana sin generar recargos adicionales.

Consejo clave: Usa la figura de jornada máxima legal como techo para organizar el horario de tus trabajadores. Esto reduce significativamente el riesgo de pagar horas extra no previstas.

Alternativa 2: Rediseñar los turnos y hacer seguimiento semanal

La nueva jornada puede ser una oportunidad para reorganizar los turnos laborales y hacer seguimiento por semanas y no por días, tal como lo permite la ley. Para hacerlo, Juan Felipe recomienda cambiar el enfoque diario por uno semanal. Evalúa las horas extras y los límites de jornada con base en conteos semanales.

Define la semana laboral de 7 días, comenzando desde el primer día del mes según el calendario, en lugar de hacerlo empezando el lunes y terminando el domingo. Esto facilita el control y la liquidación eficiente de los recargos nocturnos y por laborar en festivos.

Realiza cortes mensuales para tener una visión completa del comportamiento laboral y ajustar las jornadas en tiempo real.

También es fundamental revisar los nuevos límites vigentes de las jornadas diaria, semanal y mensual que regirán a partir del 15 de julio de 2025:

  • Diario: 7.33 horas + 2 horas extra = 9.33 horas
  • Semanal: 44 horas + 12 horas extra = 56 horas
  • Mensual: 190.58 horas + 48 extras = 238.5 horas

Esta planificación te ayudará a anticiparte al pago de recargos y a garantizar que no se superen los topes legales.

Se elimina el Día de la Familia

Día de la Familia: A partir de julio de 2026, se elimina la obligación de otorgarlo, lo que puede aliviar parte de la carga operativa. Las empresas que tienen jornadas hasta de 42 horas ya están exoneradas de esta obligación.

Actividades extralaborales: La jornada dedicada a actividades recreativas, culturales o de capacitación también será eliminada pues ha debido ajustarse proporcionalmente año tras año desde la entrada en vigencia de la ley 2101 del 2021.

Ojo a las disposiciones sobre domingos y descansos

Descanso compensatorio (Art 181 CST) para domingo habitual (3 ó más domingos laborados en el mes):

  • Se debe pagar recargo dominical y otorgar un día de descanso.

Descanso excepcional (Art 180 CST) domingo ocasional (1 ó 2 domingos laborados en el mes):

  • Se le puede pagar el recargo dominical o dar un día compensatorio de descanso en la semana siguiente.

La reducción de la jornada laboral no tiene por qué convertirse en una carga para tu empresa. Con decisiones estratégicas como estandarizar la jornada máxima legal en los contratos y rediseñar los turnos con control semanal, puedes adaptarte al nuevo marco legal sin afectar tus costos ni la productividad del equipo. Empieza a implementar estos ajustes desde ya y evita sorpresas en tu nómina a partir del 15 de julio.

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