Abril, mes tributario clave para los grandes contribuyentes

26 de marzo de 2026

En abril vence la fecha más crítica del calendario tributario para los grandes contribuyentes: hay que presentar la declaración de renta del año gravable 2025 y pagar la segunda cuota del impuesto. Según el último dígito de tu NIT, tienes plazo hasta el 27 de abril. MisiónPyme te actualiza.

Abril no es un mes más para las empresas que la DIAN tiene calificadas como grandes contribuyentes. Es el mes en que vence la obligación más importante del año en materia de renta: presentar la declaración del año gravable 2025 y pagar la segunda cuota del impuesto.

¿Tu empresa es un gran contribuyente?

La DIAN otorga esta calificación mediante resolución oficial a las personas jurídicas que, por su volumen de operaciones, ingresos o importancia en el recaudo, representan un peso determinante en el sistema tributario del país. Para los años 2025 y 2026, la lista quedó definida en la Resolución 000200 del 27 de diciembre de 2024. Para saber si tu empresa tiene esa calificación, consúltalo directamente en el portal de la DIAN.

¿Qué vence en abril?

Los grandes contribuyentes pagan el impuesto de renta en tres cuotas. La primera se pagó en febrero. La que viene —y la más importante— es la segunda cuota de abril, porque en ese mismo momento hay que presentar la declaración completa ante la DIAN. El plazo va del 13 al 27 de abril de 2026, según el último dígito del NIT:

NIT terminado enFecha límite
113 de abril
214 de abril
315 de abril
416 de abril
520 de abril
621 de abril
722 de abril
823 de abril
924 de abril
027 de abril

Tres consejos MisiónPyme

  • Primero: Confirma que tu cierre contable de 2025 está completo y conciliado con la información que reportaste a la DIAN durante el año. Cualquier inconsistencia entre lo declarado y los reportes de exógena puede generar requerimientos.
  • Segundo: Ten el flujo de caja organizado. Pagar impuestos con crédito de última hora es uno de los errores más costosos que comete una empresa.
  • Tercero: Si tienes dudas sobre la Tasa Mínima de Tributación —que establece un piso del 15% sobre la utilidad comercial antes de impuestos—, resuélvelas antes de presentar. Un cálculo mal hecho puede llevarte a pagar más de lo que corresponde.

Presentar fuera de plazo sale caro: la sanción es del 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de retraso, con un mínimo de $524.000 para 2026. Los intereses de mora corren desde el primer día de incumplimiento.

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